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Opinión

28 May 2019

Autor:
Amanda Romero

Blog: Planes Nacionales de Acción sobre Empresas y Derechos Humanos: la perspectiva de las víctimas de actuaciones empresariales en la política pública

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Solamente Colombia y Chile son los dos países latinoamericanos que poseen en la actualidad Planes Nacionales de Acción sobre empresas y derechos humanos (PNA) y al menos cuatro más (Argentina, Honduras, México y Perú) están en proceso de elaboración de los suyos. Su construcción puede ser una oportunidad para incluir las preocupaciones de las víctimas de actuaciones empresariales en una política pública sobre el tema.

Los PNA son instrumentos sugeridos por el Grupo de Trabajo de la ONU sobre las empresas y los derechos humanos[i] (GT)para alentar a los Estados a tener “una mayor coordinación y coherencia en las diversas esferas de políticas públicas” referidas al tema en el seno de los gobiernos, promover la “transparencia y la previsibilidad” para todos los actores interesados a nivel nacional e internacional, a través de una “plataforma para el diálogo continuo”[ii], dirigidos a la implementación de los Principios Rectores de la ONU sobre las empresas y los derechos humanos (PR).

En ese sentido, el GT ha diseñado lineamientos metodológicos, dentro de los cuales se señala que los procesos de elaboración de los PNA deben ser participativos “para identificar las prioridades nacionales y medidas políticas y acciones concretas”, al que debe incorporarse un “proceso de supervisión, medición y evaluación permanente”, mediante “un formato común, pero flexible, que facilite la cooperación, la coordinación y el intercambio internacional de buenas prácticas y lecciones aprendidas”[iii].

La lentitud de los Estados latinoamericanos para la adopción e implementación efectiva de los PNA, tras ocho años de aprobación de los Principios Rectores revela la falta de voluntad política para incorporar estas recomendaciones dentro de las políticas públicas, en un contexto de crecientes tensiones y conflictos sociales derivados de las consecuencias negativas de las actividades empresariales sobre los derechos humanos, como diversos observatorios y análisis registrados tanto por Instituciones Nacionales de Derechos Humanos[iv] como organizaciones de la sociedad civil lo indican, en particular el sitio web del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos.

Tres son los temas centrales para las organizaciones de la sociedad civil que requieren mayor atención por los PNA, en desarrollo de las normas nacionales e internacionales de derechos humanos: La situación de las personas defensoras de los derechos humanos, en especial aquellas que defienden su derecho al acceso al agua, a la tierra o al territorio, al medio ambiente sano y otros derechos relacionados, debido a que la región ostenta las cifras más altas a nivel mundial de ataques, incluyendo asesinatos selectivos, masacres, desplazamientos forzados, amenazas de muerte e intimidaciones.

En segundo lugar, dado que los sectores de la producción involucrados en estos ataques son la agroindustria, al lado de las industrias extractivas (Minería, petróleo, gas, carbón), y que estos recursos naturales se hallan en territorios ancestralmente ocupados por pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinado pobre, y, tomando en cuenta que de los 22 países signatarios del Convenio 169 de la OIT, 15 pertenecen a América Latina, es fundamental que los PNA consideren la plena y efectiva aplicación de la consulta y el consentimiento previo, libre e informado en cualquier proceso de elaboración o renovación de dichos Planes.

En tercer lugar, la progresiva expansión de los acuerdos comerciales de inversiones involucra la urgencia de poner en marcha las salvaguardas ambientales y laborales previstas en ellos, en vista de la precarización de los empleos, el aumento del desempleo y el empleo informal y la pobreza. Para ello, los Estados deben honrar los compromisos obligatorios contenidos, por ejemplo, en las Líneas Directrices de la OCDE para empresas multinacionales que, desde 2011, incorporaron los PR, o la necesidad de armonizar las políticas públicas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU.

Los PNA de Colombia y Chile están en el momento en su proceso de actualización, mientras que Argentina, Honduras, México y Perú están en la fase de elaboración. En ambos casos, el éxito de los PNA dependerá no sólo de su articulación más general con los Planes y Sistemas de Derechos Humanos de cada país, en cumplimiento de las recomendaciones y observaciones de órganos de tratados de derechos humanos de la ONU, los Convenios de la OIT y el marco internacional, sino de la obligación de los Estados de proteger a su población de las actuaciones de terceros, incluyendo las empresas, la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos y la de ambas instancias de reparar a las víctimas, según los PR.

Pero lo más importante, no podrán desarrollarse sin un diagnóstico participativo que reconozca la existencia de daños en el ambiente y los derechos humanos por las empresas, la elaboración de una línea de base, con procedimientos de consentimiento previo, libre e informado y enfoques diferenciales (de grupos étnicos, de género, edad, orientación sexual, situación migratoria, etc.), junto a procesos internos de empresas estatales y privadas de elaborar sus propias políticas internas de derechos humanos.


[i] El Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los Derechos Humanos y las Empresas Transnacionales y otras Empresas fue creado por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU mediante la Resolución 17/4 de 2011, con mandatos renovados en 2014 y 2017; sus miembros son cinco personas expertas independientes de las distintas regiones representadas en la ONU.

[ii] Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, 2016, páginas 1 y 2

[iii] Ibídem.

[iv] Por ejemplo, los informes periódicos de la Defensoría del Pueblo del Perú, el Mapa de conflictos ambientales del Instituto de Derechos Humanos de Chile; o el Observatorio de Conflictos Ambientales de América Latina, OCMAL, pero, principalmente, por el sitio web del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos, CIEDH.