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Opinión

10 Nov 2020

Autor:
Jordi Vives Gabriel, Institute for Business Ethics, University of St Gallen

El Centro Catalán de Empresa y Derechos Humanos: una oportunidad para Cataluña

El pasado 9 de octubre el parlamento catalán dio luz verde a la tramitación de la propuesta de ley de creación del Centro Catalán de Empresa y Derechos Humanos. Esto es una noticia excelente y un reconocimiento a los esfuerzos de diferentes organizaciones de la sociedad civil catalana que, durante años, han perseverado en su creación. El Centro será una plataforma única desde la cual avanzar el debate sobre empresa y derechos humanos (EyDH) en Cataluña, una de las regiones económicas más dinámicas del sur de Europa. Será el primer centro público de esta naturaleza a nivel sub-estatal.

El nuevo centro deberá tener una visión clara sobre cómo puede contribuir a este debate desde una perspectiva catalana.

Las discusiones sobre un tratado vinculante de EyDH en Naciones Unidas, así como la celebración del décimo aniversario de los Principios Rectores enfatizan, una vez más, la necesidad de acciones y políticas con un impacto real. El nuevo centro deberá tener una visión clara sobre cómo puede contribuir a este debate desde una perspectiva catalana. El primer borrador para ser discutido en el parlamento presenta ideas atrevidas y valientes. Por ejemplo, la creación de un mecanismo no judicial de alerta, investigación y seguimiento de quejas vinculadas a empresas catalanas que operen en el exterior, la capacidad de listar y sancionar esas compañías que no colaboren con el Centro, o el apoyo a la administración pública en Catalunya para el desarrollo de políticas coherentes en términos de EyDH.

Sin embargo, a pesar de estos notables avances, una lectura pausada y contrastada a la luz de las directrices que marcan los Principios Rectores revela que hay todavía oportunidades para desarrollar. Los promotores y los legisladores querrán considerarlas para poder maximizar el impacto del Centro.

Primero, la propuesta limita su alcance al estudio, evaluación y control de esos negocios que operen en Cataluña con impactos en otros países. El texto también enfatiza el rol de las grandes corporaciones en las violaciones de derechos humanos. Un alcance tan restrictivo no encaja bien con la premisa de los Principios Rectores de aplicar a todo tipo de empresas sea cual sea su tamaño, estructura, sector o localización. El tejido empresarial catalán se caracteriza por sus PIMES en el sector servicios y una producción industrial con vocación a la exportación. No destaca por tener grandes multinacionales ni cuantiosas inversiones de capital en el exterior. Prestar atención exclusivamente a las actividades empresariales en terceros países puede contribuir a mandar una señal equívoca. Dicho foco, puede reforzar la ilusión que todo funciona perfectamente en Cataluña y que los problemas están en “otra parte”. Nada más lejos de la realidad. Cuestiones como los temporeros en la agricultura, las empleadas de la hostelería o los “riders” de las nuevas plataformas tecnológicas, reclaman visibilidad y se beneficiarían al ver sus problemáticas enmarcadas bajo la lógica de los derechos humanos. Si el Centro pone su foco únicamente en el exterior está dejando de lado la posibilidad de tener un impacto real a nivel local.

Segundo, la propuesta no incluye medidas clave para el avance y promoción de los derechos humanos entre el sector empresarial como, por ejemplo, el apoyo y orientación sobre cómo pueden cumplir con su responsabilidad de respetar los derechos humanos en todas sus operaciones (artículo 3 de los Principios Rectores). Por el contrario, el acento recae sobre estrategias de denuncia y señalamiento, y obvia la oportunidad de promocionar herramientas destacadas en los Principios Rectores como, por ejemplo, la debida diligencia.

Si el Centro quiere ser un referente en la mediación y resolución de conflictos, parece indispensable que incorpore las habilidades de dialogo y escucha des de sus inicios.

Finalmente, la propuesta no contempla ninguna fórmula a través de la cual el sector empresarial pueda participar o hacer oír su voz. El texto prevé la participación de una amplia variedad de expertos y otras partes interesadas en sus órganos de gobernanza. Sin embargo, vetar estratégicamente la participación empresarial no parece la opción más adecuada, especialmente cuando el Centro tiene la intención de establecer un mecanismo de quejas. Si el Centro quiere ser un referente en la mediación y resolución de conflictos, parece indispensable que incorpore las habilidades de dialogo y escucha des de sus inicios.

En resumen, si Cataluña quiere disfrutar de un centro de EyDH con capacidad real de impacto y de demostrar liderazgo en este campo, promotores y políticos deberían tener presentes tres cuestiones. Primero, el diseño del Centro debe responder a la realidad de los retos de EyDH asociados al sector empresarial catalán. Segundo, el Centro debe estar diseñado en base a los parámetros y herramientas más avanzados, representados por los Principios Rectores. Tercero, es necesario incorporar vías adecuadas de escucha y participación con el sector empresarial que refuercen el carácter independiente y equilibrado de la institución. La tarea más difícil, la de llevar al parlamento y recopilar las complicidades políticas necesarias, va por buen camino gracias a la persuasión y visión de los promotores. Ahora es el momento de perfilar el diseño del Centro. Una nueva institución capaz de promover los derechos humanos en el sector empresarial está a punto de nacer en Cataluña – tan solo un empujón más.

Jordi Vives Gabriel, PhD, is a Senior Research Fellow at the Institute for Business Ethics, University of St Gallen, Switzerland