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Opinión

21 Jun 2022

Autor:
Elodie Aba, Business & Human Rights Resource Centre

Los cambios legislativos indican un compromiso creciente con la rendición de cuentas empresarial por violaciones de derechos humanos

BHRRC

Las víctimas de los abusos de derechos humanos cometidos por empresas se enfrentan a dificultades persistentes a la hora de acceder a mecanismos de reparación eficaces, tanto en los países anfitriones como en el marco de los litigios transnacionales, algo que se refleja especialmente en la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en el caso Kiobel v. Shell, en 2013, y en algunos casos posteriores. Sin embargo, para sortear estos obstáculos a una reparación adecuada y la falta de legislación sobre diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos y medio ambiente en la mayoría de los países, los abogados siguen poniendo a prueba de forma innovadora los límites de un conjunto de leyes para ampliar las vías de la rendición de cuentas empresarial. Así, en EE.UU. se ha recurrido a la Ley Arancelaria de 1930, a la Ley de Protección de las Víctimas de Trata de 2020 y la Ley de Reautorización para la Protección de las Víctimas de Trata. En Francia, la defensa letrada ha utilizado las leyes que prohíben la publicidad engañosa para exigir a las empresas que rindan cuentas por los abusos de los derechos laborales. Han recurrido asimismo a un novedoso argumento jurídico de “encubrimiento del trabajo forzoso y de los crímenes de lesa humanidad” en una demanda francesa contra importantes empresas de confección por acusaciones de beneficiarse del trabajo forzoso de la población iugur.

Sin embargo, aparte de estas estrategias de abogacía creativa, se necesitan marcos jurídicos de derechos humanos claros y sólidos para velar por el respeto de los derechos humanos por parte de las empresas, así como el acceso a una reparación adecuada para las personas afectadas. Los últimos acontecimientos sugieren que existe una mayor voluntad política, que respalda el esfuerzo de la sociedad civil y de un creciente número de empresas en diferentes jurisdicciones, en favor de una regulación más precisa del enfoque de los derechos humanos por parte de las empresas a través de la legislación.

A continuación se ofrece un resumen de algunos ejemplos recientes.

A nivel de la UE

En febrero de 2022, la Comisión Europea publicó esta propuesta de diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos y medio ambiente. Aunque esta esperada iniciativa contribuirá a crear condiciones equitativas en todo el bloque regional, la sociedad civil instó a que se introdujeran cambios cruciales para una mayor eficacia, como la mejora de las disposiciones sobre la responsabilidad civil de las empresas eliminando los obstáculos para acceder a la justicia en los litigios transnacionales y aumentar la lista de las denominadas actividades de “alto impacto” para incluir sectores como el tecnológico.

Por otra parte, la directiva relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores proporcionará a los consumidores de la UE otra herramienta potente para velar por la rendición de cuentas empresarial. Esta directiva les permite presentar demandas colectivas contra empresas y, de este modo, disfrutar de una mayor protección en la UE. Las entidades cualificadas autorizadas por los Estados miembros también pueden presentar reclamaciones en nombre de los consumidores, incluso en otro país de la UE donde haya tenido lugar la vulneración de derechos. Según los abogados, “este mayor impulso a la protección de los consumidores y a las demandas colectivas hace que esta legislación sea importante para las empresas”.

En América del Norte

A raíz de los llamamientos de la sociedad civil para que se adopte la legislación sobre diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos y medio ambiente, la Cámara de los Comunes de Canadá presentó el proyecto de ley C-262 en marzo de 2022. Este texto tiene por objeto “prevenir, abordar y remediar los impactos negativos sobre los derechos humanos que se producen en relación con las actividades empresariales que llevan a cabo las entidades en el extranjero” mediante la aplicación de la diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente.

En EE.UU. dos senadores presentaron recientemente la Ley de Aclaración de la Ley de reparación de agravios a ciudadanos extranjeros (ATSCA), en parte para hacer frente a las repercusiones de casos como Kiobel, Jesner y, más recientemente, Nestlé que redujeron significativamente el alcance de la Ley de reparación de agravios a ciudadanos extranjeros, al permitir a las empresas eludir su responsabilidad por los abusos de derechos humanos cometidos en el extranjero. El objetivo de la ATSCA es, por tanto, garantizar que las víctimas puedan exigir responsabilidades a las empresas con sede en EE.UU. por los abusos de derechos humanos que cometan en el extranjero. La International Accountability Roundtable (ICAR) acogió con satisfacción esta propuesta y afirmó que se trataba de un paso importante para garantizar la rendición de cuentas ante los tribunales estadounidenses por violaciones del derecho internacional.

También en EE.UU., la Ley sobre la responsabilidad y la construcción del cambio institucional real en la moda (Fashioning Accountability and Building Real Institutional Change, FABRIC) que se presentará en el Congreso, podría convertirse en una sólida herramienta para la protección de los trabajadores y las trabajadoras del sector de la confección, ya que pretende responsabilizar a las marcas de moda de forma conjunta con los fabricantes por sus prácticas laborales. Esta propuesta se ha considerado un gran avance para lograr una mayor rendición de cuentas empresarial y se estima que el propio enfoque de este proyecto de ley podría contribuir asimismo a elevar el listón de la legislación en otros países. Este proyecto de ley se basa en otras iniciativas similares emprendidas a nivel estatal. En Nueva York, se presentó la propuesta de Ley sobre la sostenibilidad de la moda y la responsabilidad social con el fin de que la industria de la confección rinda cuentas legalmente de su impacto en el cambio climático y de los abusos de los derechos laborales. En 2021, California aprobó la Ley de protección de los trabajadores y trabajadoras de la confección para mejorar los salarios y las condiciones laborales en el sector. Estableció además una responsabilidad conjunta cuando existan salarios sin pagar, entre los garantes de la marca, además de los fabricantes y contratistas.

Estos avances legislativos ofrecen grandes esperanzas en el ámbito de la rendición de cuentas empresarial y para que las comunidades afectadas obtengan justicia. Podrían igualmente allanar el camino para que otros países o regiones sigan su ejemplo.