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Artículo

7 Feb 2017

Autor:
Victoria Tauli-Corpuz, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas

Honduras: Informe de Relatora sobre Pueblos Indígenas de la ONU sobre proyecto de ley de consulta subraya necesidad de regular y supervisar a empresas en actividades energéticas y extractivas

…La efectiva implementación de la consulta previa también conlleva reformas del aparato gubernamental y del ordenamiento jurídico de manera tal que existan instituciones estatales que velen por el cumplimiento del derecho a la consulta previa y que existan procedimientos legales, administrativos, políticos o de otra índole para que los pueblos indígenas puedan hacer valer este derecho, que es una pieza clave para salvaguardar otros derechos fundamentales de los pueblos indígenas. Por tanto, el Anteproyecto o cualquier otra medida relacionada debe coadyuvar a tales objetivos, mediante disposiciones que aseguren una institucionalidad eficaz, mecanismos de supervisión y monitoreo, y recursos jurídicos capaces de garantizar el derecho a la consulta previa. Son igualmente necesarios mecanismos legislativos y de otro tipo para regular y supervisar las acciones de las empresas privadas en el contexto de actividades extractivas, energéticas y de otra índole, para garantizar que se respeten los derechos de los pueblos indígenas. La Relatora Especial quisiera reiterar su recomendación al Estado de Honduras de que los procesos nacionales de planificación del desarrollo y de la política energética deben incluir a los pueblos indígenas y que, mediante procesos verdaderos de consulta y participación, logren obtener un espacio para contribuir a la planificación del desarrollo, incluyendo mediante sus propias propuestas y alternativas frente a los proyectos habitualmente promovidos por los Estados, las empresas y las instituciones financieras…