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Réplica de la ONG

9 Sep 2015

Autor:
Dr. Shane Darcy, catedrático del Centro de Derechos Humanos de Irlanda, Universidad Nacional de Irlanda Galway

Réplica para CEMEX del Dr. Shane Darcy, catedrático del Centro de Derechos Humanos de Irlanda, Universidad Nacional de Irlanda Galway

No cabe duda de que las compañías pueden encontrarse en una posición difícil cuando las políticas y prácticas que pueden ser legales según la ley doméstica son consideradas ilegales bajo el derecho internacional. La discriminación en la era del Apartheid, en Sudáfrica, fue llevada a cabo conforme a la legislación nacional vigente, mientras que al mismo tiempo era claramente contraria a las normas fundamentales de derechos humanos. Es por esta razón que los Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos han establecido que la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos “existe sobre el cumplimiento de la leyes nacionales y las regulaciones de protección de derechos humanos”. En el caso de CEMEX, la compañía considera como ilegales sólo aquellos asentamientos israelís que no han sido aprobados por el gobierno de Israel. No obstante, la opinión de Israel sobre la legalidad de los asentamientos es claramente contraria con la de la Corte Internacional de Justicia, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y casi todos los Estados del mundo. El traslado de civiles israelís al territorio ocupado y la construcción de asentamientos es una clara violación a las normas aplicables del derecho humanitario, y las decisiones de la Corte Suprema de Israel o los arreglos bajo los Acuerdos de Oslo no modifican esto. Al analizar si las operaciones están en “estricto apego” con leyes nacionales e internacionales, como afirma, CEMEX podría haber considerado la posición de México, su país de origen, que recientemente reitero su “rechazo a la continua expansión de los asentamientos israelís en los territorios ocupados de Palestina, lo que es contrario al derecho internacional”. Las compañías harían bien en ver más allá de las leyes domésticas cuando evalúan la legalidad de políticas y prácticas en las que se pueden ver implicadas. La desinversión del Fondo Noruego de Pensiones KLP de CEMEX y HeidelbergCement es una sólida prueba de ello. 

Esta es una traducción no oficial del Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos, el comentario completo en inglés está disponible acá.

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