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Artículo

18 Feb 2020

Autor:
Sindicato Bananero ASTAC – Ecuador y 52 personas y organizaciones

“Carta abierta a los gobiernos productores de banano en América Latina y a la Unión Europea”

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Febrero 2020

Las organizaciones sindicales, ecologistas, ambientales, de derechos a la salud, académicos y de derechos humanos firmantes de esta declaración, queremos expresar nuestra profunda preocupación y rechazo a la reunión mantenida en diciembre 2019, por el sector bananero latinoamericano en las instalaciones de la Corporación Bananera Nacional de Costa Rica (CORBANA), y liderada por la transnacional Del Monte, que tiene presencia en todos los países de la región. El objetivo fue desarrollar una estrategia de trabajo para presionar a la Unión Europea frente a una nueva decisión europea de reducir los límites máximos de residuos (LMR) de plaguicidas en los productos agrícolas importados, que entrará en vigencia a partir del 31 de enero 2020.

La legislación de la UE se basa en el Reglamento REACH, que regula el registro, la evaluación y la autorización de las sustancias y preparados químicos, así como las restricciones que puedan aplicarse a ellas. Esta norma es aplicada por las autoridades nacionales quienes evalúan las sustancias teniendo en cuenta evidencias científicas en relación con la salud humana y el medio ambiente y permite limitar o prohibir la producción, comercialización o utilización de determinadas sustancias que supongan un riesgo inaceptable para la salud o el medio ambiente. El cultivo industrial de banano que se exporta de los países de América Latina tiene altos niveles de pesticidas, muchos de ellos altamente tóxicos para el ambiente, para los trabajadores/as y para los consumidores/as. La reglamentación sanitaria y fitosanitaria de la UE tiene estándares de evaluación ambiental y de salud pública más completos y rigurosos que los aplicados en los países productores de banano; es por ello que estas normas deben primar sobre las regulaciones sanitarias aplicadas por la OMC y los Acuerdos de comercio, que las consideran exclusivamente como barreras al libre comercio.