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Мнение

7 Июн 2017

Автор:
Ana Mendivil y Andrea Cerami, Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda)

Blog: Reflexiones sobre el Informe del Grupo de Trabajo de la ONU, el Acueducto Independencia y la tribu yaqui

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 La obra fue realizada y está operando sin el consentimiento del pueblo indígena, violando sus derechos humanos al territorio, al medio ambiente y a la libre determinación. En 2011, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) autorizó el impacto ambiental de esta obra hidráulica, violando el derecho a la consulta de la Tribu Yaqui, como reconoció en 2013 la Suprema Corte de Justicia, la cual estableció que el el proyecto no había sido precedido por una consulta libre, previa e informada, en los términos del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y ordenó que se celebraran las consultas adecuadas con las comunidades afectadas.

Sin embargo, a la fecha el Acueducto Independencia extrae agua del Rio Yaqui, sin que se haya podido realizar un proceso de consulta indigena libre previo e informado a la Tribu Yaqui, la cual sufre de la falta de agua para su consumo humano. Asimismo, durante el proceso de consulta no se entregó la información básica y adecuada sobre el caudal del Rio Yaqui y el desequilibrio ecológico que produce la extracción de agua por parte del Acueducto Independencia. Finalmente, durante el proceso de consulta, los principales líderes Yaquis fueron amenazados, intimidados y privados de la libertad por delitos que no habían cometidos.

Por lo anterior, el Grupo señala que un rasgo característico del caso es la falta de debida diligencia en materia de derechos humanos en forma de una consulta previa a las comunidades afectadas, lo que genera situaciones de conflicto social en las que todas las partes salen perdiendo, generando violaciones a derechos humanos. Así, las consultas deben de ser previas (a la autorización de un proyecto), informadas (han de ofrecer información clara y completa acerca de los posibles efectos y riesgos del proyecto), de buena fe (de modo que no sea simplemente un proceso para legitimar un resultado predefinido) y culturalmente adecuadas. Además, la consulta debe llevarse a cabo con el objetivo de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas.

 No obstante, el Estado mexicano no ha garantizado los derechos humanos sustanciales a la tierra y territorio y a la consulta indígena de la Tribu Yaqui, ya que pese a no celebrarse una consulta en los términos previstos por los estándares internacionales de derechos humanos y no contar con la autorización de impacto ambiental, el Acueducto sigue extrayendo agua del Rio Yaqui.

El Grupo también señaló que la situación de seguridad en la comunidad es alarmante, ya que varios miembros de la comunidad han sido intimidados, detenidos o agredidos y algunos incluso han sido víctimas de desapariciones forzadas, lo que ha motivado que varios organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité contra la Desaparición Forzada y el mecanismo nacional de protección de los defensores de derechos humanos, adopten medidas al respecto.