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Artículo

16 Jul 2020

Autor:
Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ)

Argentina: Fallo de la Justicia Laboral deja a trabajadores sin protección durante la pandemia

“Polémico fallo de la Justicia Laboral que desprotege a los trabajadores en pandemia Covid-19” – 7 julio 2020

 …La "Justicia" ...en el marco de una medida cautelar, planteada por el empleador, determina revocar la resolución de primera instancia, que protegía al trabajador y consideraba el carácter alimentario de la remuneración alegado por el mismo. Sostiene en cambio el fallo de cámara, entre sus considerandos, la especial característica del "Período de prueba y permanencia" a diferencia de la relación laboral consolidada. Un Fallo que ignora el derecho internacional. Ignora el fallo en cuestión el derecho internacional, incluso el instrumento de la Organización Internacional del Trabajo, del 23 de marzo de 2020, "Las normas de la OIT y el Covid 19 (Coronavirus)" revelando la preocupación mundial y aludiendo a la necesidad de que los gobiernos implementen medidas dirigidas a paliar los efectos nocivos en el mundo del trabajo. Velando por la conservación de los puestos de labor y recordando la importancia de la Recomendación 166 "que todas las partes interesadas deberían tratar de evitar o limitar en todo lo posible la terminación de la relación de trabajo por motivos económicos, tecnológicos, estructurales o análogos, sin perjuicio para el funcionamiento eficaz de la empresa, establecimiento o servicio, y esforzarse por atenuar las consecuencias adversas de toda terminación de la relación de trabajo por estos motivos, para el trabajador o trabajadores interesados". También ignora principios generales y la legislación de fondo…Además de ignorar, cuestión menor ante lo ya expresado, que la jerarquía de las normas y los principios para considerar su aplicabilidad "lex posterior derogat priori", que significa literalmente que "la ley posterior deroga a la anterior", implica uno de los tres criterios tradicionales o principios legislativos, (junto al criterio jerárquico y el criterio de especialidad) que la tradición jurídica y la jurisprudencia han empleado para determinar la norma aplicable. Sin ánimo de agotar esta crítica, hago una reflexión acerca del principio iura novit curia "el Juez conoce el Derecho" y por el cual el tribunal no tiene necesidad ni está obligado a ajustar su fallo a los razonamientos jurídicos que le acercan ni a limitarse a la prueba que ofrecen y/o producen los justiciables…