abusesaffiliationarrow-downarrow-leftarrow-rightarrow-upattack-typeblueskyburgerchevron-downchevron-leftchevron-rightchevron-upClock iconclosedeletedevelopment-povertydiscriminationdollardownloademailenvironmentexternal-linkfacebookfilterflaggenderglobeglobegroupshealthC4067174-3DD9-4B9E-AD64-284FDAAE6338@1xinformation-outlineinformationinstagraminvestment-trade-globalisationissueslabourlanguagesShapeCombined Shapeline, chart, up, arrow, graphLinkedInlocationmap-pinminusnewsorganisationotheroverviewpluspreviewArtboard 185profilerefreshIconnewssearchsecurityPathStock downStock steadyStock uptagticktooltiptriangletwitteruniversalitywebwhatsappxIcons / Social / YouTube
Artículo

17 may 2023

Autor:
La República

Perú: Sala Penal de la Corte Suprema califica el derecho a la protesta como un delito al no estar constitucionalmente reconocida

CLATE

“Corte Suprema dice que la protesta es un delito y que no está reconocida en la Constitución” – 17 de mayo de 2023

… Jueces de la Sala Penal de la Corte Suprema señalan que las manifestaciones ciudadanas de protesta son un antivalor, una imposición que afecta los derechos fundamentales de los ciudadanos. Invocan a las autoridades civiles a dialogar con la ciudadanía para evitar que cometan el delito de protesta…

…La Sala Penal de la Corte Suprema resolvió que la protesta ciudadana no tiene protección jurídica alguna, pues, según dicta, no está reconocida en la Constitución ni en ninguna otra normal legal, por lo que su sola existencia ya es un delito, aun cuando sea pacífica y no afecte ningún derecho fundamental humano… En este orden de ideas, la referida sala explica que la protesta es un antivalor o contravalor, ya que su ejercicio supone aniquilar otros derechos, por lo que “admitir la existencia de un derecho a la protesta es un razonamiento inconstitucional e inconvencional”...