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Opinión

16 Oct 2023

Autor:
Elodie Aba, Senior Legal Researcher, Business and Human Rights Resource Centre

Impulsar la negociación de un tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos más fuerte para todas las personas

El proceso de elaboración de un instrumento jurídicamente vinculante sobre empresas y derechos humanos comenzó hace casi una década, con la adopción en 2014 de la Resolución 26/9 del Consejo de Derechos Humanos. Desde entonces, el impulso a los esfuerzos para regular el comportamiento de las empresas a través de legislaciones ha aumentado, gracias a varios factores como: la creciente voluntad política; la determinación de la sociedad civil y el cada vez mayor apoyo público en todo el mundo.

Algunos países, como Francia y Alemania, han adoptado legislación obligatoria en materia de diligencia debida en derechos humanos y se están elaborando otras iniciativas legislativas, como la reciente Directiva de la UE sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad empresarial, el proyecto de Ley 572 de Brasil y la resolución de la Comisión Africana que pide el establecimiento de una regulación regional para abordar las violaciones de los derechos humanos relacionadas con las empresas en África, con especial atención a las poblaciones marginadas y vulnerables. El instrumento propuesto podría funcionar como una herramienta adicional importante para contribuir a promover la rendición de cuentas de las empresas mediante la creación de unas condiciones equitativas a escala mundial y la garantía de un acceso efectivo a la reparación para las víctimas de abusos de los derechos humanos cometidos por las empresas en todo el mundo.

Con el fin de apoyar y potenciar la labor de las organizaciones de la sociedad civil, de las personas trabajadores y de las comunidades –especialmente los del Sur Global– en favor de la elaboración de un tratado de este tipo, el Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos y sus socies celebraron recientemente una serie de tres seminarios web para fomentar el pensamiento crítico en torno al tratado vinculante. La serie de seminarios web, Salvar las distancias: un tratado vinculante más fuerte para todos, se organizó junto con el Centro de Estudios Jurídicos Aplicados (CALS), la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), Justiça Ambiental (JA), Abogados por los Derechos Humanos (LHR) y la Asociación de Derecho Medioambiental de Zimbabwe (ZELA). En estos seminarios se analizaron cuestiones como la complementariedad del tratado con otros marcos jurídicos, las inquietudes regionales y los asuntos pendientes que se deben abordar en las negociaciones del tratado. La principal conclusión de estos debates es que un tratado de este tipo se debe centrar en las víctimas, titulares de derechos y debe proporcionar acceso a la reparación a las personas afectadas. A continuación se ofrece un amplio resumen de los sólidos compromisos.

El primer seminario web sentó las bases de la serie y se dedicó a analizar la complementariedad del tratado, los planes de acción nacionales (PAN) y la legislación sobre diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos; estuvo a cargo de ponentes de Filipinas, Brasil y la Unión Europea. Las personas participantes coincidieron en que el acceso a la justicia es fundamental y en que, cuando exista una necesidad imperiosa, los tribunales deben poder atender un caso, aunque no se trate del foro más conveniente. Un tratado de este tipo únicamente tendrá éxito, desde el punto de vista de las partes interesadas a las que pretende proteger, si se centra en las víctimas; si su objetivo final es la rendición de cuentas y si busca lograr que se haga justicia a las comunidades afectadas. Las personas ponentes subrayaron que este tratado y los trabajos de incidencia a nivel nacional para promover una legislación sólida, como la propuesta de ley marco 572 de Brasil, son algunos enfoques complementarios para mejorar la rendición de cuentas de las empresas, e hicieron hincapié en que se necesitan normativas internacionales para subsanar las deficiencias de las legislaciones nacionales. Por otra parte, se consideró que la directiva de la Unión Europea y el tratado se complementan y cubren mutuamente las lagunas existentes. En este sentido, el tratado podría subsanar las deficiencias de la directiva sobre el acceso a la justicia, los derechos de las víctimas y las vías para acceder a recursoa. La directiva de la Unión Europea contempla la obligación de diligencia debida en materia de medio ambiente y aborda los efectos ambientales, lo que no ocurre en las disposiciones del proyecto de tratado vinculante.

El segundo seminario web destacó las perspectivas regionales sobre el tratado, a cargo de ponentes de África, Asia y América Latina. Loas personas oradoreas destacaron el efecto devastador que las empresas transnacionales han causado en sus respectivas regiones y coincidieron en que el tratado debe adoptar un enfoque centrado en las víctimas y garantizar que las personas afectadas reciban las reparaciones adecuadas. Asimismo, destacaron la importancia de adoptar una perspectiva de género durante las negociaciones del tratado con el fin de que el texto final refleje este enfoque. Las personas ponentes se mostraron partidarias de que el tratado proteja explícitamente a las personas defensoras de los derechos humanos, ya que cada vez sufren más ataques en todo el mundo, especialmente en América Latina y Asia.

El último seminario de la serie examinó el modo en que se aborda en el proyecto de tratado la cuestión del acceso a la justicia para las comunidades afectadas. Las personas ponentes coincidieron de forma general en que el valor añadido del tratado consiste en establecer normas internacionales universales de carácter vinculante. Por lo tanto, el hecho de contar con numerosas disposiciones que hacen referencia a la compatibilidad con la legislación nacional, como ocurre en el actual borrador del tratado, puede socavar su eficacia y limitar el acceso a la justicia para las personas afectadas. Sin embargo, el tratado también podría obligar a los gobiernos a mejorar su legislación nacional. La responsabilidad de las empresas sigue siendo una cuestión fundamental en las negociaciones. Señalaron también que sería un avance valioso establecer un régimen de responsabilidad objetiva en determinados casos o incorporar al borrador la responsabilidad solidaria para garantizar que las empresas transnacionales rindan cuentas por los abusos que tengan lugar, incluso cuando los comentan sus subcontratistas.

A medida que se acerca la 9ª sesión del grupo de trabajo intergubernamental, hemos lanzado una nueva serie de blogs, titulada Un nuevo impulso: consideraciones críticas sobre las negociaciones del tratado vinculante, 2023, para permitir al público profundizar en estas y otras cuestiones afines. Personas expertas de diversas procedencias y regiones comparten sus puntos de vista sobre el último borrador y el proceso desarrollado hasta la fecha, para acordar una propuesta de tratado vinculante. En los blogs se abordan diversos temas: desde las deficiencias del borrador actualizado de 2023 y la complementariedad del tratado y las iniciativas sobre diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos, hasta lo que significa un tratado vinculante para las empresas teniendo en cuenta el panorama actual de aumento de las normativas obligatorias.

La 9ª sesión del grupo de trabajo que se celebrará en octubre brinda a todas las partes interesadas la oportunidad de coordinar sus mensajes y su estrategia de incidencia con el fin de lograr un texto sólido que proteja a las comunidades afectadas y exija a las empresas que rindan cuentas por los abusos contra los derechos humanos.

Manténgase al día de los avances de la sesión de negociación de octubre a través de nuestras novedades diarias, que explican los movimientos decisivos del debate.

Building momentum: Critical considerations in the Binding Treaty 2023 negotiations

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