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Informe

17 Mar 2021

Informe: "Debida diligencia en derechos humanos y procesos de compliance"

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A través de un enfoque en las características de los procesos, el presente estudio “Debida diligencia en derechos humanos y procesos de compliance” aborda una de las discusiones que comienza a aparecer con mayor frecuencia en el sector privado: la utilización de mecanismos existentes en la práctica empresarial –especialmente los procesos de compliance– para cumplir con la responsabilidad de respetar los derechos humanos.

Los procesos de compliance surgen bajo la premisa de que la acción de las empresas es necesaria para combatir la corrupción que afecta con gravedad a las sociedades modernas. De esta manera, tales procesos son herramientas corporativas para la gestión preventiva de riesgos de corrupción, que incluyen su identificación, evaluación y mitigación. Tiene dos propósitos principales: prevenir la omisión en el cumplimiento de las obligaciones legales, a través del control autónomo del comportamiento de sus empleados, agentes y aliados comerciales; y atenuar la responsabilidad jurídica por la comisión de delitos económicos.

La aparición de los procesos de compliance contemporáneos es el resultado de la coyuntura entre la evolución normativa y la interiorización por el sector empresarial. El desarrollo normativo a nivel nacional e internacional muestra la tendencia consistente en incluir estrategias de autorregulación corporativa para la disuasión y prevención de la corrupción, en complementariedad con la criminalización de los actos de corrupción en general y del soborno en particular. Así, la lógica de los procesos de compliance se encaminó al objetivo de evaluar las medidas tomadas por la empresa para prevenir los ilícitos. Además, la intención del sector empresarial de conformar esquemas de comportamiento responsable propició que los modelos de procesos de compliance anticorrupción ampliarán su espectro, para incluir no solo el cumplimiento de la legislación, sino de las políticas internas de comportamiento ético.

En consecuencia, las empresas han generado distintos modelos de procesos de compliance anticorrupción. La investigación argumenta que cada modelo basa su estructura, programas y nivel de permeabilidad en el gobierno corporativo con el objetivo que la empresa pretenda lograr, por ejemplo: cumplir con un requisito legal, mitigar riesgos o generar una cultura de ética al interior de la empresa. Este estudio advierte que contar con procesos de compliance no garantiza que los actos de corrupción no sucedan y que su implementación no es una solución única para el problema de la corrupción, pero permite a la empresa gestionar de forma autónoma la forma en que hace frente a sus riesgos y su materialidad en el desempeño corporativo a largo plazo.

En ese sentido, la investigación del Dr. Humberto Cantú Rivera y la Mtra. Laura Esparza señala que la multiplicidad de modelos de negocio y de contextos en donde las empresas operan, aumenta el espectro de elementos que debe considerar el proceso de compliance, así como los retos para hacerlo efectivo (como la falta de identificación de riesgos en la cadena de suministro, la falta de personal para interpretar los resultados de las evaluaciones, la producción de información en silos, la falta de coherencia entre el diseño del proceso y su implementación, entre otros).

El documento cuenta con prólogos de:

Alejandro Encinas, Subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación; Martha Delgado, Subsecretaria para Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores; Martha Herrera, Directora de Impacto Social de CEMEX y Presidenta de Pacto Mundial México y de Alejandra Ancheita, Directora Ejecutiva de Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC).

compliance y debida diligencia

Recomendaciones para empresas

  • Desarrollar capacidades del personal para identificar los riesgos desde una perspectiva de derechos humanos, de forma que se facilite su comprensión y acción preventiva en casos concretos.

  • Rediseñar los modelos y/o procesos de compliance para que, en vez de limitarse a un esquema de cumplimiento normativo, incluyan etapas de evaluación de riesgos, implementación y seguimiento desde una perspectiva de derechos humanos, y de medidas de mitigación cuando resulte pertinente, que se aborden transversalmente en la organización de la empresa, sus actividades y modelo de negocio. El rediseño de los procesos de compliance deberá establecer mecanismos de evaluación y mejora continua, que detecten y aborden fallas u omisiones oportunamente.

  • Orientar la identificación y análisis de riesgos legales más allá del riesgo para la empresa, para incluir los impactos adversos que se puedan producir en otras personas o grupos como resultado de la actividad empresarial. Para ello, será particularmente importante impulsar que el análisis de cumplimiento regulatorio incluya trabajo de campo, que permita recolectar y analizar información sobre los riesgos que la empresa pueda generar a otras partes interesadas. Esto debería incluir enfoques centrados en los derechos potencialmente vulnerados, así como en las voces de las personas trabajadoras, comunidades y grupos.

  • Participar activamente en las discusiones con las distintas partes interesadas respecto de la implementación de la debida diligencia en derechos humanos en las actividades empresariales, así como en los eventuales procesos de desarrollo normativo sobre la cuestión a nivel nacional e internacional.

Leer informe completo y resumen ejecutivo:

UDEM, Oxfam, CIEDH México

UDEM, Oxfam, CIEDH México

Debida diligencia en derechos humanos y procesos de compliance: Resumen Ejecutivo

El presente estudio “Debida diligencia en derechos humanos y procesos de compliance” aborda una de las discusiones que comienza a aparecer con mayor frecuencia en el sector privado: la utilización de mecanismos existentes en la práctica empresarial –especialmente los procesos de compliance– para cumplir con la responsabilidad de respetar los derechos humanos.

Debida diligencia en derechos humanos y procesos de compliance: Informe completo

Los procesos de compliance surgen bajo la premisa de que la acción de las empresas es necesaria para combatir la corrupción que afecta con gravedad a las sociedades modernas. De esta manera, tales procesos son herramientas corporativas para la gestión preventiva de riesgos de corrupción, que incluyen su identificación, evaluación y mitigación. Examina su evolución, similitudes con la debida diligencia y posibilidades de convergencia.

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